sábado, 13 de febrero de 2016

Documentación para en un viaje de vacaciones (Argentina)


Depende a dónde viajes, pero básicamente estos son los requisitos (ante cualquier duda sobre casos especiales, recurrí a la Dirección Nacional de las Personas o Registro Civil de tu ciudad). En este artículo te vamos a explicar la documentación para viajar dentro de la Argentina y fuera.


Documentación para viajes DENTRO del territorio nacional Argentino:

Los mayores de edad (18 años cumplidos) podrán viajar libremente por todo el país teniendo su documento vigente y actualizado debidamente por la edad que corresponde (ej: actualización de los 8 y 16 años); también podrán la versión libreta de tapas celestes o la versión carnet de forma indistinta, ambas tienen vigencia. Si tenés documento de tapas verdes (el antiguo modelo), solamente podrás usarlo dentro del país y hasta mitad del próximo año (¡deberás renovarlo después!).

Los menores de edad (menos de 18 años) que viajen con ambos padres, con solo llevar el documento del niño y/o jóven, debería ser suficiente para circular por todo el país. Como recomendación, las autoridades suelen decir que se lleve fotocopia de la libreta de familia, ante cualquier inconveniente.

En cambio, si el menor de edad viaja sólo con uno de sus padres, será necesario que se lleve la libreta de familia en original, y si dicho padre está divorciado y no tiene la tenencia, deberá contar con una autorización simple (firmada por el otro padre, donde conste a dónde viajará, el tiempo y el permiso expreso).

Si el menor viaja sin compañía de ninguno de los padres, por ejemplo, con la familia de un amigo, deberá llevar una autorización expresa de ambos padres donde conste con quién irá acompañado, a dónde, por qué tiempo y expresando que se autoriza. El menor deberá llevar siempre consigo, a todo lugar, su documento y dicha autorización en original y fotocopia.


Viajes al exterior de la Argentina (países MERCOSUR y limítrofes)

Igual que para los requisitos dentro de Argentina, con las siguientes aclaraciones:

El único documento válido para salir del país a países limítrofes y MERCOSUR será el nuevo documento en formato libreta de tapas celestes o carnet, a partir del 1 de enero del 2015. No se podrá cruzar la frontera con documento en trámite, tirillas ni cualquier otra documentación anterior emitida por policía federal. Como alternativa, podés hacerlo con pasaporte, siempre que ya lo tengas y esté vigente.

En caso de los menores que viajen con ambos padres, deberán llevar en original la libreta de familia y dos fotocopias simples (comunes, sin sellar ni certificar), a demás del documento de todos (menores y padres). En caso que viaje con un solo padre (divorciado o no), deberá contar con autorización del otro ante escribano público y con el formato que exige la Dirección Nacional de Migraciones (el escribano sabe bien cómo hacerlo). Para que viaje son compaía de los padres, con otra familia, a demás de dicho permiso deberás acercarte a la Dirección de Migraciones ó Registro Nacional de las Personas para asesorarte y te den otros formularios necesarios.

Viajes al exterior, resto del mundo, países no limítrofes


Similar al caso anterior de MERCOSUR, pero con la excepción que únicamente es válido como documento el Pasaporte. Dependiendo el país de destino aceptan las versiones anteriores siempre que todavía tengan vigencia y espacio para visados, en otros países exigen la versión nueva con chip y actualizada.

Deberás a demás consultar si se requiere visa o permiso previo para viajar, en otros casos podés tramitar dicho documento al llegar al aeropuerto de destino ó por convenios internacionales no se te pedirá (o será automático).

En caso de los menores que viajen con ambos padres, ídem Mercosur. Si el menor viaja con solo un padre (esté divorciado o no), deberá consultar al país de destino los permisos pertinentes, a veces se requieren permisos traducidos al idioma de destino, permisos de la embajada o de migraciones, eso depende qué país quieras visitar.


¿Cuáles son los papeles y documentos que debo llevar si voy en auto?

Para todos los vehículos, por Ley Nacional, se exigen algunos requisitos para circular dentro de la Argentina, a saber:

Carnet de conducir vigente y para la categoría que se está usando (si es para autos, manejar un auto, si es para camión, no podés manejar una moto, ¿se entiende?. Es válido hasta el día de su vencimiento inclusive, caso contrario no podrás conducir, no existe prórroga automática ni periodo donde "te esperen" para su renovación.

Tarjeta Verde: es el documento que certifica la propiedad del vehículo, si sos el dueño y titular, podés usarla directamente. Si no lo sos, mientras esté en vigencia podrás usarla, caso contrario el único documento habilitado para que maneje una persona autorizada no titular, es la "tarjeta azul", se tramita en el Registro Nacional del Automotor donde esté radicado el vehículo. Ya no sirven más los poderes o permisos especiales que antes se podían hacer para autorizar a otra persona.

Credencial de Vigencia del Seguro: es una credencial que te deben emitir las empresas de seguros donde constan los datos correspondientes a tu póliza, generalmente la envían a tu domicilio en cada renovación o podés pedirla en una de sus oficinas y también bajarla de internet. Esta sirve para circular por la Argentina, en caso que vayas a países limítrofes deberás solicitar una "Póliza Especial MERCOSUR y Limítrofes", es una cobertura adicional de acuerdo a convenios internacionales, te lo pediran en el cruce fronterizo.

Chapas patentes correctamente colocadas, limpias y sin plásticos o cubiertas protectoras, a demás de la trasera debe estar iluminada debidamente. En caso de viajar con remolque, deberás de tramitar la chapa patente que dice "101 - tu patente", la misma se coloca en el trailer (a demás de tramitar la extensión de seguro para el mismo).

Se pueden exigir otros requisitos, de acuerdo a la Provincia que visites, por ejemplo: chaleco de color fluo y reflectivo, sábana mortuoria para cubrir cadáveres, tríangulo baliza reglectiva, barra de remolque, botiquín de primeros auxilios, inspección técnica reglamentaria, etc. Eso deberás consultarlo en cada caso.


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